Los mejores chistes de la Constitución. El artículo 40

Artículo 40, De los principios rectores de la política social y económica

1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de  una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.

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